La comisión de Juicio Político de la Legislatura, que cuenta con mayoría del oficialismo, deberá abocarse al estudio de un pedido de remoción derivado del caso de una menor de 14 años a la que se le practicó la interrupción de un embarazo que se había gestado por una violación, según la presentación firmada por la Fundación Mujeres x Mujeres.
La organización, a través de su presidenta y representante legal, Soledad Deza, formalizó ayer la solicitud para el inicio de ese trámite en contra de Adriana del Carmen Giannoni, titular de la Fiscalía de Instrucción Especializada en Homicidios, por el presunto incumplimiento de los deberes a su cargo.
A través del expediente 104-JP-19, la organización de defensa de los derechos de las mujeres atacó la decisión de la representante del Ministerio Público Fiscal de haber promovido una investigación penal en contra del personal médico interviniente; y señaló la supuesta “ignorancia inexcusable” de parte de la magistrada respecto de “los estándares nacionales e internacionales” que reconocen “el derecho a la atención sanitaria” de las víctimas de abuso sexual.
A partir de este planteo, la comisión debe resolver si corre traslado a Giannoni para que ejerza su derecho a la defensa o desestima la acusación y procede directamente al archivo de las actuaciones. Será el primer expediente de alto impacto a tratar por la nueva composición de Juicio Político, integrada por los oficialistas Zacarías Khoder (presidente), Sergio Mansilla (vicepresidente), Julio Silman (secretario), Reneé Ramírez, Mariela Reyes Elías, Enrique Bethencourt, Carlos Francisco Gómez, Graciela Gutiérrez, Gonzalo Monteros y Adriana Najar; y por los opositores Mario Casali (Fuerza Republicana) y Raúl Pellegrini (Partido de la Justicia Social).
En 21 páginas
La Fundación Mujeres x Mujeres, en un escrito de 21 páginas, argumentó que corresponde iniciar el trámite constitucional de remoción en contra de Giannoni porque la titular de la titular de la Fiscalía de Instrucción Especializada en Homicidios dio inicio a “una investigación penal sobre una prestación médica lícita, llevada a cabo por profesionales de la salud pública en ejercicio y ocasión de sus funciones, en beneficio del derecho a la salud de una niña de 14 años víctima de violación, que no constituyen ningún tipo de delito”.
El pedido de destitución consigna que en Argentina, a partir de 1921, “es una opción legal” la interrupción de un embarazo en los casos en que sea “producto de una violación” o “cuando pone en peligro la salud o vida de la mujer”, ambas circunstancias previstas en el artículo 86 del Código Penal Argentino. Además, la organización recordó los alcances del fallo “FAL”, dictado por la Corte de la Nación. “(Esa sentencia) aclaró que es constitucional y convencional el derecho de toda mujer víctima de violación a interrumpir el embarazo originado en tales circunstancias, y no sólo de aquellas personas con alguna restricción en su capacidad”, remarca el planteo. Y advierte que la fiscal “utiliza espuriamente la función pública de la acusación para convertir en delito aquello que no cuadra (con) su moral”. Además de consignar los deberes con los que habría incumplido Giannoni, la Fundación requirió que se agreguen como prueba tres expedientes penales y uno administrativo abiertos en el marco del caso de la menor de 14 años.
“Cuando tenga lugar un aborto, será la Justicia la que determinará si es o no delito”
La fiscala Adriana Giannoni había enviado días atrás un texto a LA GACETA para justificar la apertura de un caso penal por la interrupción de un embarazo. “Las Fiscalías Especializadas en Homicidios, cuya titularidad y subrogancia me competen, tienen ámbito de competencia, entre otros delitos, respecto de las conductas tipificadas en los artículos 85 a 88 del Código Penal, referentes al delito de aborto. Atento a la competencia material específica que corresponde a mi ámbito funcional, toda vez que un hecho pueda quedar enmarcado en alguna de las conductas tipificadas por los vigentes artículos antes referidos, constituye una obligación a mi cargo dar inicio a las actuaciones tendientes a su constatación. Pretender la omisión de tal trámite, implicaría el incumplimiento de deberes a mi cargo. Cuando tenga lugar un aborto, será la Justicia la que determinará si constituye o no un delito; y, en su caso, si dicho delito es o no punible. Esa determinación le incumbe únicamente a la Justicia y no puede ser delegada”, había argumentado Giannoni, ante las críticas recibidas.
En repudio y en apoyo: organizaciones se habían manifestado con relación al desempeño de la magistrada
A fines de noviembre, organizaciones expresaron su repudio contra la fiscal Adriana Giannoni y pidieron el cierre de la investigación contra personal de la Maternidad en una causa caratulada como “aborto”. El texto llevaba las firmas de Amnistía Internacional, Católicas por el Derecho a Decidir, el Centro de Estudios Legales y Sociales, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, y la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos. “(El caso fue abierto de oficio para) investigar una práctica de interrupción legal del embarazo a una niña que denunció haber sido abusada; un hecho que Argentina no es delito”, habían indicado los firmantes. A partir de ello, surgió el apoyo a la fiscal de parte de Myriam Condorí, Gabriel Muñoz, Mirta Villafañe, Inés Condorí Moreno, María Teresa Mockevich y Ana Denise Cajal Yoldi, además de diversas ONG. “Resulta repudiable que, desde organizaciones supuestamente defensoras de los derechos humanos, se pretenda confundir a la sociedad, y amedrentar a quienes ejercen su función pública de acuerdo con la Constitución y la ley”, indicaron.